Orden del día del Pleno Extraordinario del 26 de junio
El próximo viernes 26 de junio se celebrará, a partir de las 18h00 de la tarde, un pleno extraordinario en el Ayuntamiento de Pinto. Será el primero de la nueva legislatura y también supondrá el regreso de la celebración de los plenos en horario de tarde, plenos que desde noviembre de 2009 se venían celebrando en horario de mañana. De esta manera, Ganemos Pinto cumplirá con su punto número 4 del programa electoral, y con ello facilitarán la asistencia de los ciudadanos e impulsarán la información y la participación ciudadana. Esta medida era compartida por diferentes partidos políticos, como ya analizamos en La Voz de Pinto.
Tras la aprobación del borrador del acta de la sesión anterior, se procederá a debatir los siguientes puntos del día:
.- Propuesta de la Alcaldía para el normal funcionamiento de toda la corporación municipal.
.- Periodicidad de las sesiones a celebrar por el Ayuntamiento durante el presenta año 2015.
.- Creación y Composición de las diferentes Comisiones Informativas, Comisión Especial de Cuentas y Comisión de Gestión Municipal.
.- Asignación de Retribuciones a Percibir por los miembros de la Corporación nombrados en régimen de dedicación exclusiva para el ejercicio 2015.
.- Acuerdo de funcionamiento y composición de las Mesas de Contratación.
.- Nombramientos de Representantes de la Corporación en Órganos Colegiados.
SECCIÓN DE CONTROL DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO MUNICIPAL
.- Dar cuenta de la Constitución de los Grupos Políticos Municipales de la Corporación. Designación del Portavoz, Portavoz Adjunto y Tesorero del Grupo.
.- Dar cuenta de los Decretos dictados por la Alcaldía-Presidencia sobre los siguientes temas:
1.- Decreto de Alcaldía por el que se establece el régimen de delegaciones genéricas y especiales en concejales miembros de la Corporación.
2.- Decreto de Alcaldía por el que se determina el número de tenientes de alcalde, y se resuelve el nombramiento del teniente de alcalde a favor de Don Angel Suazo Hernández.
3.- Decreto de Alcaldía sobre constitución y composición de la Junta de Gobierno Local, y atribución a la misma de competencias delegadas por la Alcaldía conforme art.21.3 LRBRL.
4.- Decreto de Alcaldía por el que se establecen los miembros de la Corporación que ejercerán su cargo en régimen de dedicación exclusiva.
5.-. Decreto de Alcaldía por el que se resuelve el nombramiento del portavoz del Equipo de Gobierno.