Abierto el periodo de solicitud de bonificación del IBI para familias numerosas y viviendas de protección oficial
• Desde el Consistorio se recomienda a la ciudadanía presentar la solicitud antes del 15 de diciembre con el fin de poder cotejar la documentación presentada.
• Bonificación aplicable para familias numerosas o residentes en viviendas de protección oficial, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la ordenanza reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
Ya puedes presentar la documentación para acogerte a la bonificación del IBI para el año 2021. A continuación, te informamos en qué consiste, quiénes pueden solicitarlo y qué plazos hay.
¿Quiénes pueden acogerse a estas ventajas fiscales en el gravamen del IBI?
Conforme a la ordenanza vigente pueden acogerse a una bonificación del IBI la ciudadanía que se encuentre en la siguiente situación:
1. Aquellas personas que residan de forma habitual en una vivienda de Protección Oficial y puedan acreditarlo
2. Familias numerosas que residan de forma habitual en una vivienda de Protección Oficial y puedan acreditarlo
Consulta la ordenanza reguladora sobre Bienes Inmuebles pinchando aquí.
¿Cómo solicitarlo?
Deberán presentar en el registro del Ayuntamiento de Pinto la correspondiente solicitud y los documentos acreditativos que justifiquen la concurrencia de los requisitos establecidos:
1. Declaración de la renta de (todos los miembros menos menores de edad) la unidad de convivencia o justificante de que no tienen la obligatoriedad de presentarla
2. Documentación (Título) de familia numerosa en vigor
¿Plazos?
Aunque el plazo expira el 31 de diciembre, se recomienda a la ciudadanía entregar la documentación antes del 15 de diciembre. De este modo, hay margen para tramitar los correspondientes expedientes administrativos con tiempo para subsanar las solicitudes presentadas a este Ayuntamiento que lo requieran.