Aprobada inicialmente la nueva Ordenanza reguladora del impuesto sobre Plusvalías en Pinto
• El documento, que se puede consultar desde esta noticia, se encuentra en periodo de alegaciones hasta su aprobación definitiva
Tras la sentencia que declaraba inconstitucionales los artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 de la Ley de Haciendas Locales (STC 182/2021), se había producido un vacío normativo sobre la determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento de valor de los terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía) que impedía la liquidación de dicho tributo.
El Real Decreto-Ley 26/2021, de 8 de noviembre (BOE del 9/11/21) se ha ocupado de llenar este vacío normativo y adaptar la Ley de Haciendas Locales a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Una vez que entró en vigor, estableció un régimen transitorio de un máximo de seis meses para liquidar el impuesto, durante el cual, los Ayuntamientos deben aprobar nuevas Ordenanzas fiscales que, respetando el marco legal, desarrollen el contenido de la Ley.
En este Real Decreto-Ley se establecía un método objetivo de cálculo de la base imponible mucho más beneficioso para el ciudadano, además de existir la alternativa de establecer dicha base imponible en función del aumento de patrimonio real resultante de la transmisión objeto de tributación, para el caso que dicha base resultara menor que la calculada por el método objetivo, incluso quedando exentas aquellas transmisiones cuyo incremento patrimonial resultara negativo (cosa que antes no ocurría)
• Pinto se adapta a la nueva normativa: En la sesión plenaria del Ayuntamiento de Pinto de fecha 24 de febrero de 2022, se aprobó inicialmente la Ordenanza Fiscal nº 1.5, reguladora del Impuesto sobre el Incremento el Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, adaptada a la nueva normativa de cálculo establecida en el ya mencionado Real Decreto-Ley, en la que además destacamos como novedades: la disminución del tipo de gravamen para determinados periodos de incremento de valor y respecto a las bonificaciones por trasmisiones por causa de muerte se establece una regulación que reduce los requisitos para la concesión de las mismas, más progresiva respecto al valor de los inmuebles trasmitidos y en general, más favorable a los contribuyentes.
Esta aprobación inicial salió adelante con los votos de los Grupos Municipales del PSOE, PP, Unidas Pinto y Podemos. El Grupo de Ciudadanos se abstuvo y el de Vox votó en contra.
Dicha Ordenanza, puede consultarse en formato PDF desde esta noticia y se encuentra en periodo de alegaciones hasta su aprobación definitiva.