Sociedad

PIMER Protección Civil de Pinto entre las agrupaciones “investigadas” por duplicidad y usurpación de funciones

  • El Sindicato de Bomberos SB, federado en CSIT Unión Profesional denuncia públicamente la usurpación de competencias por parte de agrupaciones de voluntarios en la Comunidad de Madrid.
  • Sólo 23 (entre las que no se encuentra PIMER-Protección Civil de Pinto) de las 179 agrupaciones de la CAM tienen legalizado el Convenio con el Cuerpo de Bomberos necesario desde el 11 de diciembre de 2.019.

La pasada semana, el Sindicato de Bomberos SB, federado en CSIT Unión Profesional, publicaba un comunicado bajo el título PIMER, TRAGSA, PROTECCIÓN CIVIL, “BOMBEROS” DE DAGANZO, SEREIM… ¡NI UN PASO ATRÁS COMPAÑEROS!

No es la primera vez que este sindicato denuncia la duplicidad y usurpación de las funciones del Cuerpo de Bomberos por agrupaciones que, en la mayoría de los casos, están o deberían estar formadas por voluntarios. Sin embargo, esta vez han dado un paso más, defender sus competencias revisando y confirmando la situación legal de todas las Agrupaciones de Protección Civil en la Comunidad de Madrid y llevar hasta las últimas consecuencias la defensa de sus competencias. Entre las Agrupaciones en el punto de mira se encuentra PIMER-Protección Civil de Pinto.

Según el comunicado, esta práctica parece ser una tónica general en muchos municipios y es tolerada e incluso fomentada a sabiendas de que incumple la legislación vigente y puede constituir un riesgo para la ciudadanía.

“Que dejen de cargar sobre los impuestos de los ciudadanos los caprichos de los Alcaldes o Concejales de turno, todo ello con la connivencia de la Comunidad de Madrid que, teniendo la legislación pertinente, no la aplica”

La Voz de Pinto hemos querido conocer de primera mano no solo las demandas del Sindicato de Bomberos, sino también aclarar la legislación vigente en la que basan dichas demandas. ¿Están incumpliendo la ley las Agrupaciones de voluntarios, Municipios y la Comunidad de Madrid?

“PIMER-Protección Civil de Pinto es una de las Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil que carece de dichos Convenios y sigue operando abiertamente”

Nos hemos puesto en contacto para aclarar todas estas dudas con Israel Naveso González, portavoz del Sindicato De Bomberos CSIT y representante de la Comunidad de Madrid de la Coordinadora Unitaria de Bomberos Profesionales.

LVP- ¿Qué tipos de duplicidad y usurpación habéis detectado por parte de estas agrupaciones?

ING– Según la información suministrada por la Jefatura del Cuerpo de Bomberos, a través del JUT Extinción y Rescate, Pinto no dispone del Convenio que obliga el Decreto 165/2018, de 4 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección Civil en la Comunidad de Madrid , por ello todas las funciones propias del Cuerpo de Bomberos que ellos realizan las hacen de forma ilegal y por tanto ejerciendo una duplicidad que no les corresponde.

En concreto dicho Decreto establece que:

Artículo 37. Colaboración de las agrupaciones con los servicios de emergencia

http://www.madrid.org/wleg_pub/secure/normativas/contenidoNormativa.jsf?opcion=VerHtml&nmnorma=10548&cdestado=P#no-back-button

  1. Para poder actuar en el ámbito de la extinción de incendios y salvamento y/o asistencia a víctimas y transporte sanitario, los ayuntamientos que no tengan atribuidas esas competencias (ya sea por ley o a través de acuerdos o convenios) y el órgano competente de la Comunidad de Madrid -Cuerpo de Bomberos o SUMMA 112, respectivamente- deberán firmar previamente un acuerdo de colaboración. En caso de ser activados para acudir a una emergencia por estos motivos, se comunicarán directamente con el centro de coordinación de bomberos (CECOP) o con el SUMMA 112 (SCU) respectivamente, conforme a los protocolos de actuación que se deriven de su acuerdo.

Es de destacar que este grave problema existe previsiblemente también en el ámbito sanitario ya que no se conoce la existencia de ningún Convenio de las Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil con el SUMMA.

LVP- ¿En Pinto está sucediendo esto también?

ING– Sí, como se ha mencionado anteriormente, es una de las Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil que carece de dichos Convenios y sigue operando abiertamente.

Todas estas Agrupaciones deberían además haber sido dadas de baja del Registro Oficial de Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil de la Comunidad de Madrid y se deberían haber tomado medidas contra ellas tal como determina el mencionado Reglamento.

LVP- ¿Por qué cuentan con la connivencia de la Comunidad de Madrid si estas actuaciones están fuera de la legalidad?

ING-Lo desconocemos pero estos hechos son de suma gravedad por lo siguiente:

1º La Administración está desobedeciendo a sabiendas su propio Reglamento de Voluntarios de Protección Civil que determina que aquellas Agrupaciones de Voluntarios que en el plazo de un año, cumplido el pasado 11 de diciembre de 2.019, no hubieran formalizado Convenios de Colaboración con el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid y con el SUMMA dejarían de estar operativas, dadas de baja del Registro oficial de Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil y se emprenderían acciones legales contra ellos.

Disposición Transitoria Quinta del Decreto 165/2018 de 4 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil de la Comunidad de Madrid:

“Transcurrido un año sin haber formalizado dicho acuerdo, deberán dejar de prestar sus funciones. Su incumplimiento supondrá la baja de la agrupación en el Registro de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de otras acciones legales que pudieran interponerse”

A fecha de 19 de mayo de 2.021 según el dato suministrado por la Jefatura del  Cuerpo de Bomberos, a través del Jefe de la Unidad Técnica de Extinción y Salvamento, de los 179 municipios con los que cuenta la Comunidad de Madrid, tan sólo 23 agrupaciones tienen legalizado el Convenio con el Cuerpo de Bomberos, necesario desde 11 de diciembre de 2019 (entre las 23 legalizadas no se encuentra PIMER-Protección civil de Pinto)

No hay que olvidar el no menos importante ámbito sanitario que también regula el Decreto 165/2018 de 4 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil de la Comunidad de Madrid y que obliga del mismo modo que en la extinción y rescate, a realizar convenios con el SUMMA en el ámbito sanitario para poder intervenir.

2º No solo la Administración no cumple su propia “legalidad” sino que hace oídos sordos a que consumen estas “supuestas faltas” y sigan operando con su conocimiento, como se demuestra con los hechos acaecidos ahora en Torrelodones y en muchas más ocasiones. Hay con ello un consentimiento expreso a sabiendas de conocer  la gravedad de la situación.

3º Tampoco toma ninguna medida cuando además tiene constancia de que no solo vulneran seguir actuando fuera del Reglamento, sino que también lo hacen por añadidura incumpliendo todas las normas posibles de cualquier intervención:

No avisar a Madrid112/CECOP Bomberos, uniformidad inadecuada que vulnera la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, ponen en peligro a la ciudadanía, posibles riesgos derivados de una mala praxis, constituye una clara y muy peligrosa usurpación de funciones de los organismos competentes, en este caso el Cuerpo de Bomberos pero mañana puede ser también el SUMMA.

En paralelo se observa como desde la Agencia de Seguridad de Emergencias Madrid 112, denominación real de la nueva Viceconsejeria y no organismo autónomo como lo sería cualquier Agencia, no paran de publicitar el brutal incremento de efectivos de voluntarios de Protección Civil, más de 2.730 (cifra de 2.018) frente a los 2.029 en 2.016 (más de un 35 %), y recientemente se ha publicitado el comienzo de un curso para 800 voluntarios más con lo que la cifra puede ser ya cercana a los 4.000 efectivos, muchos de ellos para prestar servicio en Agrupaciones que están fuera de la legalidad vigente. Mientras que la plantilla real de efectivos del Cuerpo de Bomberos y de otros colectivos sanitarios o de seguridad se estanca e incluso mengua.

Este es el modelo de emergencias que está aplicando la dirección actual ya que con estos hechos permitidos queda perfectamente reflejado. Un coste económico menor a cambio de una pérdida brutal de seguridad en todos los ciudadanos y por añadidura con una posible prevaricación administrativa.

Del mismo modo la inversión económica que se está efectuando en estas Agrupaciones está siendo elevada. La suma de dinero invertida en formación (I.F.I.S.E. fundamentalmente), material, vehículos, convenios, etc.  es muy respetable a sabiendas de su situación legal conocida por la administración.

Todos estos puntos son de suma gravedad, por ello hemos solicitado encarecidamente a la Comunidad de Madrid que tome medidas en este asunto en aras de la seguridad de todos los madrileños. Debe darse cuenta de que además el hacer públicos estos hechos tienen un espíritu constructivo y que la avalancha de denuncias particulares o de aseguradoras puede ser brutal cuando se demuestren judicialmente las malas praxis consentidas por parte de la administración.  Todas aquellas actuaciones que haya realizado este personal vulnerando la legislación vigente y con mayor gravedad aquellas en las que haya habido daños humanos o materiales pueden ser motivo de denuncia.

A finales del año pasado, La Voz de Pinto ya publicamos un completo informe elaborado por el sindicato en el que denunciaban las irregularidades cometidas por la agrupación pinteña.

PIMER bajo la lupa, parte I

https://www.lavozdepinto.com/sociedad/queespimerpintoparte1/

PIMER bajo la lupa, parte II

https://www.lavozdepinto.com/sociedad/pimer-pc-es-un-elemento-de-confrontacion-una-herramienta-politica-de-promocion-e-induccion-al-reconocimiento-parte-ii/

PIMER bajo la lupa, parte III

https://www.lavozdepinto.com/sociedad/cuanto-nos-cuesta-mantener-el-servicio-pimer-pc-es-realmente-indispensable-parte-iii/

¿Puede PIMER-Protección Civil actuar en extinción de incendios? ¿Con qué límites? ¿Está firmado el convenio de colaboración obligatorio?

https://www.lavozdepinto.com/sociedad/las-labores-de-extincion-de-incendios-en-pinto-a-quien-corresponden/

Susana Guindo

Susana Guindo

Diplomada en Ciencias Empresariales por la Universidad Complutense de Madrid.
Directora de la Escuela Superior de Protocolo, eventos y comunicación ESSPEC
Máster en Protocolo y Organización de eventos por la Universidad Complutense de Madrid.
Máster en Comunicación Corporativa y Estrategia Empresarial por la Universidad Isabel I.
Relaciones públicas y Protocolo por la Escuela Europea de Asturias.
Directora y Responsable de Eventos de La Voz de Pinto.

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